1. QUÉ ES EL BONO COMERCIO BÉTERA
El Bono Comercio Bétera 50×100 “Tots Guanyem” es una campaña municipal de fomento del consumo en el comercio local, promovida por el Ayuntamiento de Bétera para el ejercicio 2026.
Mediante esta campaña:
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Los clientes utilizan una tarjeta bancaria prepago de 100 €.
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50 € los aporta el cliente y 50 € el Ayuntamiento.
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Los comercios adheridos actúan como entidades colaboradoras, aceptando la tarjeta como medio de pago en sus establecimientos.
El objetivo principal es dinamizar el comercio local, incentivar las compras en Bétera y apoyar la actividad económica del municipio.
2. REQUISITOS DE ADHESIÓN A LA CAMPAÑA BONO COMERCIO BÉTERA
Para poder adherirse a la campaña, los establecimientos comerciales deben cumplir los siguientes requisitos generales y técnicos:
Requisitos generales
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Solicitar la adhesión dentro del plazo establecido en la convocatoria.
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No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias:
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Agencia Tributaria
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Tesorería General de la Seguridad Social
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Hacienda local
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Requisitos técnicos
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Disponer de:
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Teléfono móvil con conexión 4G o
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Ordenador con conexión a internet (WiFi o ADSL).
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Contar con TPV con lectura de tarjetas.
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En caso de disponer de más de un TPV, deberá comunicarse el número de cada uno.
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3. PUEDEN SOLICITAR ADHERIRSE A ESTA CAMPAÑA
Pueden adherirse a la campaña los establecimientos que ejerzan su actividad comercial en el municipio de Bétera, incluyendo:
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Personas físicas.
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Sociedades mercantiles.
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PYMES y micropymes.
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Agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
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Sociedades civiles.
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Comunidades de bienes.
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Otras unidades económicas sin personalidad jurídica propia.
Siempre que desarrollen actividades incluidas en el IAE (Sección Primera, División 6).
• Agrupación 64 excepto el grupo 645, 646 y el epígrafe 647.5.
• Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.
– CNAE (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
4726: Comercio al por menor de productos de tabaco en establecimientos especializados
473: Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
4773: Comercio al por menor de artículos farmacéuticos en establecimientos especializados
478: Comercio al por menor en puestos de venta y en mercadillos
479: Comercio al por menor no realizado ni establecimientos ni en puestos de venta nie en mercadillos
– IAE (Real Decreto Ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6, Agrupaciones:
– Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5, suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras
– Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1, comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal. Farmacias y los grupos 654 y 655.
– IAE (Real Decreto Ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6, Agrupaciones:
– Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5, suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras
– Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1, comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal. Farmacias y los grupos 654 y 655.
Se considerarán entidades colaboradoras a los efectos de lo previsto en el art. 12 y concordantes de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los comercios adheridos tendrán la consideración de entidades colaboradoras, conforme a la Ley General de Subvenciones.
4. CÓMO ADHERIRSE A LA CAMPAÑA BONO COMERCIO BÉTERA
Presentación de la solicitud
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Los comercios deberán cumplimentar la Solicitud de Adhesión (Anexo II).
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La solicitud puede presentarse:
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En el Registro General del Ayuntamiento de Bétera, o
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A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, o
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Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
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Documentación a aportar
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DNI/NIE del titular o representante.
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CIF de la entidad (si procede).
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Documento acreditativo del IAE.
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Declaración responsable y autorizaciones incluidas en el Anexo II.
Plazo de adhesión
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Del 19 de enero al 6 de febrero de 2026, ambos inclusive, tras la publicación del extracto en el BOP de Valencia.
Formalización
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Una vez aprobada la adhesión:
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El comercio deberá suscribir el Convenio de Colaboración (Anexo V) con el Ayuntamiento de Bétera.
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A partir de ese momento, podrá aceptar el Bono Comercio como medio de pago durante la campaña.
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